Programa de Residencia para Profesional Altamente Cualificado

El 27 de septiembre de 2013 se aprobó la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que introdujo un nuevo marco para la inmigración cualificada, que favorece la movilidad internacional de profesionales altamente cualificados y que tiene la intención de atraer el talento y la inversión extranjera.

Cuando una empresa requiera la incorporación en territorio español de profesionales extranjeros para el desarrollo de una relación laboral o profesional incluida en alguno de los siguientes supuestos:

  1. Personal directivo o altamente cualificado, cuando la empresa o grupo de empresas reúna alguna de las siguientes características:
    1. Promedio de plantilla durante los tres meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud superior a 250 trabajadores en España, en alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
    2. Volumen de cifra neta anual de negocios superior, en España, a 50 millones de euros; o volumen de fondos propios o patrimonio neto superior, en España, a 43 millones de euros.
    3. Inversión bruta media anual, procedente del exterior, no inferior a 1 millón de euros en los tres años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
    4. Empresas con un valor del stock inversor o posición según los últimos datos del Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad superiores a 3 millones de euros.
    5. Pertenencia, en el caso de pequeñas y medianas empresas establecidas en España, a un sector considerado estratégico.
  2. Personal directivo o altamente cualificado que forme parte de un proyecto empresarial que suponga, alternativamente y siempre que la condición alegada en base a este supuesto sea considerada y acreditada como de interés general, de acuerdo con alguna o varias de las siguientes condiciones:
    1. Un incremento significativo en la creación de puestos de trabajo directos por parte de la empresa que solicita la contratación.
    2. Mantenimiento del empleo.
    3. Un incremento significativo en la creación de puestos de trabajo en el sector de actividad o ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad laboral.
    4. Una inversión extraordinaria con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad laboral.
    5. La concurrencia de razones de interés para la política comercial y de inversión de España.
    6. Una aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
  3. Graduados, postgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio.

Tipos de permisos

  •  Visado: cuando el solicitante se encuentra fuera de España, obtendrá un permiso de 1 año para residir y trabajar en todo el territorio nacional.
  •  Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentra legalmente en España, obtendrá un permiso de 2 años o de la duración del contrato si fuese menor, para residir y trabajar en todo el territorio nacional.

¿Dónde presentar la solicitud de residencia?

  •  Visado: En las Misiones Diplómáticas y Oficinas Consulares. Embajadas y Consulados
  • Autorización de residencia: en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. UGE-CE

Documentos necesarios

  • Documentos generales: consultar en Información General.
  • Documentos específicos para el Profesional Altamente Cualificado.Documentos que acrediten cumplir con el requisito al que se acogen:
    • Plantilla superior a 250 trabajadores.
    • Volumen de negocios de la empresa.
    • Inversión extranjera: Certificado del Registro de Inversiones.
    • PYMES que pertenecen a un Sector Estratégico: Informe previo de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
    • Empresas que desarrollan proyectos considerados de interés general: Informe previo de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
    • Graduados y postgraduados de Universidades: Título de la Universidad o Escuela de Negocios de Reconocido Prestigio.
    • Documentación acreditativa de la empresa solicitante.
    • Copia del contrato o de la relación profesional entre ambas partes.
    • Perfil del puesto de trabajo.

¿Dónde solicitar el informe de PYMES, de Sector Estratégico o de Interés General?

En la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones. Impreso de solicitud.

Ventajas

  • La acreditación del cumplimiento de los requisitos en Sector Estratégico, se efectuará una única vez, quedando inscrita en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
  • Dicha inscripción tendrá una validez de 3 años renovables si se mantienen los requisitos.
  • Cualquier modificación de las condiciones deberá ser comunicada a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos en el plazo de 30 días. En caso de no comunicar dicha modificación, la empresa dejará de estar inscrita en la Unidad.

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